DOSSIER // EL DINERO PÚBLICO BAJO LA LUPAContratos sin concurso abierto, adjudicaciones millonarias y advertencias de los auditores
INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL · AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO
Contratación pública 2019–2026 | Fiscalización 2022–2025
Edición pública · Cierre documental: 13 de octubre de 2026
Las cifras de adjudicación no equivalen necesariamente a pagos realizados. La investigación identifica riesgos, hallazgos y preguntas jurídicas; no declara acreditado ningún delito ni atribuye fraude a las empresas mencionadas.
El Puerto 46520 publicará un resumen de esta investigación en cuatro artículos que irán apareciendo publicados en las próximas semanas . Quien prefiera ahorrarse la lectura del dossier completo podrá consultar esas entregas. Quien quiera profundizar, examinar los documentos y contrastar cada dato encontrará aquí toda la información que sustenta la investigación.
Desarrollo de la investigación
Las advertencias no son rumores: están en los informes municipales. Las adjudicaciones también están documentadas. Lo que debe distinguirse es aquello que puede demostrarse de lo que todavía exige examinar expedientes concretos.
Este dosier reúne la documentación examinada por El Puerto 46520 sobre la contratación municipal de espectáculos, logística y servicios técnicos, y amplía el análisis al funcionamiento de los controles del gasto. Su punto de partida son expedientes de contratación y auditorías municipales; su novedad es ofrecerlos de forma conjunta, comprensible y verificable. [D1–D9]
La cuestión más visible está en dos espectáculos de 2026: Panorama y el Festival en Valencià, adjudicados por 198.870,76 euros con IVA mediante negociado sin publicidad. En ambos casos se incluyeron actuaciones musicales y prestaciones de producción. El derecho exclusivo sobre un artista no acredita por sí solo exclusividad sobre cualquier suministro o servicio auxiliar. [D7, D10–D12]
El segundo hallazgo afecta a la contratación menor. La auditoría del ejercicio 2023 estudió adjudicaciones recurrentes, expedientes incompletos y operaciones que podían exigir mayor competencia. El seguimiento de 2025 reconoció medidas de mejora, pero calificó como parcial la corrección de los riesgos detectados. [D1, D2]
El tercero afecta al control institucional. La Sindicatura de Comptes señaló que 12 de los 14 reparos de 2022 se resolvieron por Alcaldía contra el criterio de Intervención, por 82.134 euros. Informes municipales posteriores recogen nuevas discrepancias y problemas de planificación, aunque no identifican en sus resúmenes todos los contratos afectados. [D5, D6, D2–D4]
El cuarto hallazgo es económico: existen importes importantes adjudicados a diversos proveedores, mediante procedimientos de distinta naturaleza. No se ha cerrado todavía un inventario homogéneo que permita establecer la cuota exacta de cada operador para todo el período 2019–2026. [D13–D17]
Las seis cifras que conviene retener
| Dato documentado | Alcance preciso |
| 198.870,76 € | Dos negociados artísticos de 2026, Panorama y Festival en Valencià; con IVA. |
| 62.490,45 € | Festival en Valencià: producción y otros servicios distintos de los cachés; con IVA. |
| 402 / 1.917.606,68 € | Contratos menores de Cultura, Deportes y Juventud en 2023; NO gasto irregular probado. |
| 10 / 59.265,80 € | Contratos menores vinculados a ESD en la relación de auditoría de 2023; con IVA. |
| 12 / 82.134 € | Reparos de 2022 resueltos contra Intervención, según la Sindicatura. |
| 66 / 1.193.808 € | Cuatro sociedades, adjudicaciones parciales 2022–2026 sin IVA; agregado por contrastar. |
Nota metodológica: cada dato corresponde a un universo distinto. No deben sumarse las filas para obtener una cifra global.
1. Qué se ha investigado y cómo leer las pruebas
El ámbito institucional es el Ayuntamiento de Sagunto. El inventario contractual se concentra en junio de 2019–octubre de 2026; las incidencias de Intervención se presentan por ejercicios cerrados, principalmente 2022–2025. Los distintos períodos se separan para evitar comparaciones engañosas.
Tres niveles de certeza
- Hecho oficial: importe, adjudicatario comercial, expediente, procedimiento o reparo expresamente recogido en una fuente administrativa o de fiscalización.
- Reconstrucción periodística: cifra obtenida al cruzar registros o agregadores; útil, pero no siempre completa. Se identifica como provisional.
- Cuestión jurídica abierta: pregunta sobre la motivación, necesidad o procedimiento que exige estudiar certificados de exclusividad, memorias, pliegos o resoluciones individuales. No equivale a infracción probada.
Qué significa el dinero reflejado
El importe adjudicado expresa el valor por el que se seleccionó a un contratista; no prueba que el dinero se haya pagado íntegramente. El valor estimado puede incorporar prórrogas y opciones, por lo que tampoco debe confundirse con una anualidad. Los importes con IVA y sin IVA no son directamente comparables. [D8]
Los registros pueden proceder de Alcaldía, Junta de Gobierno o de diferentes organismos. Una ficha de un solo órgano no muestra necesariamente toda la contratación municipal. Algunos proveedores operan como nombres comerciales de personas físicas y otros como sociedades; aquí se utilizan sus denominaciones comerciales, sin reproducir datos personales innecesarios.
Qué no demuestra este dosier
Ni un número elevado de contratos menores, ni una sola oferta presentada, ni un negociado sin publicidad demuestran por sí solos corrupción. Tampoco puede atribuirse un reparo concreto a una empresa sin la resolución que lo identifique. Esta distinción no resta importancia a los hallazgos: permite precisar qué debe justificar la Administración.
2. Cómo puede adjudicar contratos el Ayuntamiento
Contrato menor: elección directa, con límites
La ley permite adjudicar directamente determinados servicios y suministros de importe inferior a 15.000 euros sin IVA y obras de importe inferior a 40.000 euros sin IVA. En lenguaje coloquial se dice contratar «a dedo», pero es una figura legal. Requiere justificar la necesidad, aprobar el gasto, tramitar la documentación exigida y evitar la división artificial de contratos para esquivar un procedimiento competitivo. Su duración ordinaria no puede superar un año ni incluir prórroga. [D8]
Procedimiento abierto: anuncio y posibilidad de concurrir
La licitación se anuncia antes de adjudicar. Cualquier empresa que cumpla las condiciones puede presentar una oferta; incluso si finalmente solo llega una, el procedimiento sigue siendo abierto. Una oferta única no es prueba de favoritismo, aunque SE DEBE justificar el examen de los requisitos del pliego, los plazos y las barreras de entrada.
Negociado sin publicidad: excepción legal, no concurso abierto
Es un coladero. La Administración puede acudir a un operador determinado sin convocatoria abierta previa cuando existe una causa legal tasada y debidamente motivada. Una actuación artística singular, con exclusividad acreditada, puede justificarlo. Pero la excepción no se traslada automáticamente a todos los suministros y trabajos que acompañan al espectáculo. [D7, D8]
En los dos contratos musicales principales de este dosier se usó negociado sin publicidad y se registró una oferta por expediente. Este dato describe el procedimiento; no acredita de forma automática que fuera ilegal.
3. Dos espectáculos, 198.870,76 euros y un mismo interrogante
La contratación exclusiva de una actuación musical y la compra de servicios técnicos no son necesariamente la misma cosa.
| Expediente | Espectáculo | Procedimiento | Con IVA |
| 65/26-C | Orquesta Panorama | Negociado sin publicidad; 1 oferta | 78.300,31 € |
| 11/26-C | Festival en Valencià | Negociado sin publicidad; 1 oferta | 120.570,45 € |
| TOTAL | Dos adjudicaciones | No es un total de todo el sector | 198.870,76 € |
Fuentes: expedientes de adjudicación y pliego del festival. [D10–D12]
Panorama: actuación, representación y producción
El Ayuntamiento adjudicó la actuación de la Orquesta Panorama del 9 de octubre de 2026 y su organización integral mediante el expediente 65/26-C. La adjudicación fue de 64.711 euros sin IVA, equivalentes a 78.300,31 euros con IVA. La fecha de adjudicación recogida en el dosier es el 7 de octubre de 2026. [D11]
La reconstrucción documental disponible divide el importe con IVA en 41.140 euros de actuación musical, 4.114 euros de representación y 33.046,31 euros de producción e instalaciones. La suma coincide con el importe adjudicado, pero el desglose se identifica aquí como pendiente de cotejo definitivo con el pliego original completo. No debe utilizarse como si fuese una pericial cerrada. [D11]
La representación puede estar vinculada a la exclusividad del artista. El bloque técnico presenta una pregunta diferente: qué elementos resultaban indispensables para la actuación de Panorama en las condiciones contratadas y cuáles podían adquirirse separadamente mediante competencia.
Festival en Valencià: el contrato en el que la producción supera a los cachés
El expediente 11/26-C, adjudicado el 4 de junio de 2026 a Proges XXI, ascendió a 99.645 euros sin IVA, equivalentes a 120.570,45 euros con IVA. Incluye varias actuaciones artísticas y la organización técnica del festival. [D10, D12]
| Concepto incluido | Importe con IVA |
| La Fúmiga | 48.400,00 € |
| Fades, Quinto y Naina | 9.680,00 € |
| TOTAL CACHÉS | 58.080,00 € |
| Producción y otros servicios | 62.490,45 € |
| TOTAL ADJUDICADO | 120.570,45 € |
El 51,83 % del contrato no corresponde a cachés musicales. Son 62.490,45 euros destinados a servicios e instalaciones, entre ellos sonido, iluminación, escenario, electricidad, seguridad, sanitarios y publicidad. La organización puede necesitar estos recursos; la pregunta es si todos debían contratarse mediante la misma excepción de exclusividad que las actuaciones. [D10]
4. La exclusividad artística tiene límites
El Informe 08/2023 de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado es la referencia jurídica más importante para examinar ambos espectáculos. Responde a problemas de contratación de actuaciones musicales junto a servicios de seguridad, sonido, iluminación, montaje y producción. [D7]
En síntesis, admite el negociado sin publicidad cuando exista una singularidad artística y una exclusividad real, acreditada y convenientemente motivada. Pero señala que los servicios ordinarios que complementan el espectáculo deben quedar, como regla general, fuera de ese mecanismo excepcional. Solo pueden integrarse excepcionalmente cuando sean imprescindibles para la singularidad del espectáculo y esa circunstancia se justifique. [D7]
La defensa municipal que también debe figurar
El pliego del Festival en Valencià explica por qué se optó por una organización integral: concentrar coordinación y responsabilidades en un único gestor. Existe, por tanto, una motivación escrita, y omitirla daría una imagen incompleta del expediente. [D10]
Lo que el expediente y el informe estatal plantean es una cuestión distinta: ¿basta la coordinación conjunta para extender un procedimiento sin publicidad a todos los servicios? La respuesta necesita comprobar la naturaleza de cada prestación, su necesidad técnica y las justificaciones exigidas por la doctrina estatal.
Las preguntas concretas para los dos expedientes
- Qué documento acredita el derecho de exclusividad de cada artista para la fecha y el lugar.
- Qué prestaciones auxiliares eran indisociables del espectáculo y cuáles eran servicios ordinarios disponibles en el mercado.
- Cómo se estimaron los precios de escenario, sonido, seguridad, instalaciones y demás suministros.
- Si existían contratos municipales vigentes capaces de cubrir alguno de esos trabajos, evitando duplicaciones.
- Qué informes de necesidad, fiscalización y justificación se incorporaron a los expedientes concretos.
No se ha acreditado una contratación ilegal por el solo hecho de que existan servicios auxiliares. Sí existe una pregunta documentada y jurídicamente relevante, especialmente intensa en el Festival en Valencià: si la incorporación de 62.490,45 euros de prestaciones distintas de los cachés supera el examen exigido para utilizar el negociado sin publicidad.
Claves normativas: artículos 99, 101, 118, 131 y 168 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. [D8]
5. Contratos menores: la advertencia que viene de 2023
La auditoría estudió necesidades repetidas y contrataciones sucesivas que podían requerir una planificación distinta.
La auditoría municipal de contratos menores sobre 2023, realizada por Faura-Casas, recogió incidencias generales relativas a agrupaciones de contratos, falta de planificación de gastos recurrentes, documentación insuficiente y justificaciones contractuales que debían reforzarse. [D1]
La fotografía económica de tres áreas permite apreciar el volumen de operaciones, pero no representa contratos declarados fraudulentos:
| Área | Contratos menores (2023) | Importe |
| Deportes | 76 | 915.439,26 € |
| Cultura | 160 | 543.702,77 € |
| Juventud | 166 | 458.464,65 € |
| TOTAL | 402 | 1.917.606,68 € |
Los fiscalizadores también identificaron 620.228,40 euros en tres categorías de gastos recurrentes de 2021 a 2023: organización de eventos, alquiler de materiales para actos y alquiler de material técnico. Esta es una selección de operaciones examinadas, no una cuantificación de ilegalidades. [D1]
Seis ámbitos de mejora identificados
- Adjudicaciones sucesivas: estudiar si la acumulación responde a una necesidad única y previsible.
- Contratos y subvenciones: comprobar si coinciden actividades y si existe riesgo de doble financiación.
- Necesidades periódicas: planificar trabajos que se repiten año tras año.
- Modificación y contrato menor posteriores: justificar por qué se contratan nuevamente trabajos relacionados.
- Expedientes incompletos: incorporar informes, aprobaciones, presupuestos y facturas exigibles.
- Costes y aptitud del contratista: documentar mejor precios unitarios y capacidad para ejecutar las prestaciones.
La auditoría señala riesgos y actuaciones que requerían verificación. No declara probado el propósito de dividir contratos deliberadamente para eludir la ley. Ese requisito no puede presumirse sin examinar cada operación. [D1]
6. ESD Producciones: diez contratos que figuran en la auditoría
Entre las operaciones seleccionadas aparece ESD Producciones, cuyo titular recibió diez contratos menores por 59.265,80 euros con IVA en 2023, relacionados con actuaciones artísticas y necesidades auxiliares. Es una suma de los diez expedientes, no un importe por contrato ni la totalidad histórica de lo adjudicado al proveedor. [D1]
| Objeto resumido | Importe con IVA |
| Orquesta de fin de año, plaza del Sol | 16.940,00 € |
| Espectáculos de fiestas patronales | 12.221,00 € |
| Premios y regalos para cucañas | 8.954,00 € |
| Alquiler de sillas para festivales | 7.078,50 € |
| Orquesta para Fallas | 5.929,00 € |
| Alquiler sillas Off Romà | 2.359,50 € |
| Alquiler de gradas | 1.936,00 € |
| Espectáculos Virgen del Carmen | 1.657,70 € |
| Sillas para Passió en Viu | 1.645,60 € |
| Sillas para cementerios | 544,50 € |
| TOTAL DIEZ CONTRATOS | 59.265,80 € |
La presencia de orquestas de distinto formato no convierte todas las actuaciones en un único objeto contractual. Pero el alquiler recurrente de sillas, gradas y equipamientos plantea una cuestión de planificación más directamente comprobable: si podían preverse necesidades repetidas y licitarse con el procedimiento adecuado.
Un precedente fuera de los espectáculos
La misma auditoría analizó trabajos sobre la relación de puestos de trabajo municipal contratados a Andersen Tax Legal Iberia. Cuestionó la motivación de determinadas modificaciones y de un contrato menor posterior relacionado con el objeto. El informe recogió operaciones por 51.090 euros en su relación contable, cifra que no debe incorporarse automáticamente a una clasificación general de adjudicaciones. El caso muestra que las advertencias de contratación menor no se limitaban a Cultura y Fiestas. [D1]
7. ¿Se corrigieron las deficiencias?
El Ayuntamiento aprobó planes de acción y adoptó medidas de seguimiento. El informe de control interno de 2025 reconoce la aprobación del Plan Anual de Contratación de 2026 el 30 de enero y avances en la organización de determinadas necesidades. [D2]
Pero el seguimiento evaluó las medidas correctoras de contratación menor como parcialmente cumplidas. No acreditó en todas las áreas que se hubieran licitado anticipadamente todas las necesidades recurrentes ni cuantificó una reducción consolidada del recurso a contratos menores.
Lo documentado, por tanto, no es la ausencia total de respuesta institucional. Es que las mejoras iniciadas no equivalían aún a la corrección completa de los problemas. Esta precisión resulta esencial para una lectura justa del informe.
8. Cuando Alcaldía y fiscalizadores discrepan
Los reparos son advertencias formales de control. La autoridad competente puede, en determinadas condiciones legales, decidir continuar. Eso exige motivación y trazabilidad.
La Intervención municipal controla la regularidad de determinadas decisiones económicas. Puede formular reparos que suspendan la tramitación según su naturaleza. La normativa prevé vías para resolver las discrepancias, pero no convierte la mera decisión de continuar en prueba de corrupción. [D8, D18]
2022: doce decisiones contrarias documentadas por la Sindicatura
El informe de fiscalización de la Sindicatura de Comptes sobre 2021 y 2022 examinó 14 reparos formulados en 2022 y constató que 12, por un importe conjunto de 82.134 euros, fueron resueltos por Alcaldía contra el criterio de Intervención. También constató que esas resoluciones habían sido comunicadas al Pleno. [D6, p. 22 del informe]
Entre los reparos de aquel año el informe recoge incidencias relativas a gratificaciones de Policía Local, un contrato de Servicios Sociales y un gasto con la Sociedad Anónima de Gestión que requería licitación. La fuente no permite asociar, uno por uno, esos tres grupos de operaciones con las doce resoluciones contrarias; sus importes individuales no pueden sumarse para presentar el total de decisiones de Alcaldía. [D6]
2023, 2024 y 2025: informes sucesivos, detalle incompleto
Los informes municipales de estos ejercicios describen decisiones contrarias al criterio fiscalizador y remiten a expedientes de función interventora. Para 2025 consta el expediente 2649612R, del que se dio cuenta en el Pleno de 2 de abril de 2026. El acta pública no incorpora una tabla con cada adjudicatario, cuantía, objeción y resolución concreta. [D2–D5, D9]
No se ha identificado en la documentación utilizada un reparo individual que pueda atribuirse a Panorama, Festival en Valencià, Presto Music, ESD, Anemanant o Global Marketing Events. Vincular cualquiera de esas empresas a tales discrepancias sin el expediente individual sería especulativo.
Por qué no se deben escribir «95 reparos»
En 2025 el informe declara 1.727 informes de fiscalización previa y utiliza categorías estadísticas no perfectamente conciliadas. Una tabla agrupa 95 bajo «Nota/Reparo», pero incorpora figuras diferentes; el gráfico distingue dos informes etiquetados «con reparos», además de subsanaciones, omisiones de fiscalización y reconocimientos extrajudiciales. No existen 95 reparos formales acreditados por esa sola cifra. [D2]
La inconsistencia entre algunos totales del cuadro y del gráfico impide convertirlos en una relación exacta de resoluciones contrarias. La relación individual, cuando se obtenga, es la que debe determinar a qué operaciones afectaron.
9. Otra alerta distinta: gastos regularizados después de prestarse los servicios
Los reconocimientos extrajudiciales de crédito no son reparos de Intervención ni contratos nuevos. Son procedimientos de regularización que pueden revelar problemas persistentes de contratación y gestión.
Los informes municipales describen numerosos expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos (REC), un mecanismo para reconocer determinadas obligaciones económicas que requieren regularización. Los informes de 2023 a 2025 relacionan buena parte de ellos con servicios ejecutados sin soporte contractual suficiente u otras incidencias relevantes. [D2–D4]
| Ejercicio | Expedientes REC | Importe |
| 2023 | 53 | 2.153.532,66 € |
| 2024 | 66 | 2.155.301,47 € |
| 2025 | 66 | 1.499.547,61 € |
| TOTAL 2023–2025 | 185 | 5.808.381,74 € |
Los casi 5,81 millones de euros no son el valor de contratos declarados corruptos ni el importe de reparos levantados. Son obligaciones tramitadas mediante una figura específica. Además, no deben sumarse al mapa de adjudicaciones de espectáculos: podrían referirse a servicios completamente diferentes y generar dobles cómputos.
El informe correspondiente a 2023 menciona especialmente servicios de grúa, ayuda a domicilio y transporte de viajeros. En 2025 señala concentración del impacto en Servicios Sociales, Transportes y Gestión Tributaria. Es un problema transversal, no limitado a conciertos o fiestas. [D2, D4]
La recurrencia importa porque el mecanismo excepcional no debe sustituir a la planificación normal: cuando una necesidad municipal es previsible, la Administración dispone de instrumentos ordinarios para contratarla a tiempo.
10. Qué empresas aparecen en la contratación examinada
La comparación es parcial: no todas las cifras proceden del mismo período, ni del mismo procedimiento, ni están expresadas con el mismo tratamiento fiscal.
Entre 2022 y octubre de 2026, las fichas agregadas de cuatro sociedades recogen 66 adjudicaciones y 1.193.808 euros SIN IVA. Son importes de registros sectoriales de distinta naturaleza, algunos mediante concursos abiertos, no únicamente servicios culturales ni contratos menores. [D13–D16]
| Proveedor | N.º contratos | Importe sin IVA | Cobertura |
| Presto Music | 26 | 688.013 € | 2022–2026 |
| Anemanant | 23 | 306.557 € | 2022–2026 |
| Proges XXI | 13 | 148.938 € | 2022–2026 |
| Direct Music Management | 4 | 50.300 € | 2025–2026 |
| TOTAL CUATRO | 66 | 1.193.808 € | Agregado parcial |
Presto Music concentra importes importantes en contratos de asistencia y alquiler técnico, incluidos abiertos. Anemanant presenta dos contratos abiertos de la Escuela Municipal de Teatro por 111.354 euros sin IVA cada uno. Proges XXI incluye el festival musical examinado. Direct Music Management tiene una dimensión menor en la muestra. [D13–D16]
Los dos operadores que no se pueden colocar en el mismo ranking
Para Global Marketing Events, una reconstrucción histórica provisional identifica 43 adjudicaciones y 647.462,70 euros CON IVA, entre junio de 2019 y octubre de 2026. No está cerrado un inventario expediente por expediente, y el corte temporal es más largo que el de la tabla. [D17]
De ESD Producciones sí constan de forma directa los diez contratos menores de 2023 por 59.265,80 euros CON IVA incorporados a la auditoría; son solo la serie examinada por los auditores, no el total del proveedor. [D1]
11. La contratación recurrente merece preguntas concretas
El dosier histórico contiene series de fiestas, actos institucionales, campañas, galas, sillas, gradas y servicios técnicos. Su repetición justifica examinar la planificación: cuando un encargo se sabe necesario cada año, no debería gestionarse como si fuera siempre imprevisible. [D1, D13–D17]
Cuatro ejemplos de examen, no cuatro acusaciones
- Sillas y gradas para actos: agrupar las necesidades anuales y comprobar si el alquiler requería una licitación conjunta o por lotes.
- Galas y celebraciones recurrentes: estudiar si los objetos de cada edición eran distintos o una prestación periódica homogénea.
- Servicios técnicos culturales: contrastar si las licitaciones abiertas cubrían suministros que después se encargaron individualmente.
- Producción de espectáculos exclusivos: comprobar si hubo servicios auxiliares que podían ser contratados en competencia sin afectar a la singularidad artística.
Una suma entre años diferentes no demuestra fraccionamiento ilegal. Tampoco lo demuestra un precio cercano al máximo del contrato menor. Para sostener esa calificación se necesitan documentos sobre la unidad funcional del servicio, la previsibilidad y el propósito de eludir el procedimiento correspondiente.
12. Cronología documental
| Fecha / ejercicio | Hecho y significado |
| 2019–2021 | Relaciones históricas de contratos menores publicadas por el Ayuntamiento. [D19] |
| 2022 | Sindicatura: 14 reparos examinados; 12 resueltos contra Intervención por 82.134 €. [D6] |
| 2023 | Auditoría de contratación menor: problemas de planificación y ejemplos nominales. [D1] |
| 2024 | Nuevo informe municipal sobre control de 2024; persistencia de incidencias de contratación. [D3] |
| 2025 | Control de 2025: riesgos no totalmente corregidos, discrepancias y 66 REC. [D2] |
| 30 ene. 2026 | Aprobación del Plan Anual de Contratación, reconocida en el seguimiento. [D2] |
| 2 abr. 2026 | Dación de cuenta al Pleno del expediente 2649612R de función interventora de 2025. [D9] |
| 4 jun. 2026 | Adjudicación del Festival en Valencià: 120.570,45 € con IVA. [D12] |
| 7 oct. 2026 | Adjudicación de Panorama: 78.300,31 € con IVA. [D11] |
13. Qué se puede afirmar
Acreditado
- Dos espectáculos adjudicados mediante negociados sin publicidad y una oferta cada uno, por 198.870,76 euros con IVA.
- La producción y los servicios distintos de los cachés suman 62.490,45 euros en el Festival en Valencià; su pliego defiende la coordinación integral.
- La auditoría municipal de 2023 documentó deficiencias de contratación menor y una relación de diez menores vinculados a ESD.
- El seguimiento municipal posterior consideró parcial la corrección de determinados riesgos.
- La Sindicatura identificó doce resoluciones contrarias a Intervención en 2022 por 82.134 euros.
- Los informes municipales contabilizaron 185 reconocimientos extrajudiciales por 5.808.381,74 euros entre 2023 y 2025.
14. La pregunta que queda abierta
Los documentos permiten responder cuánto se adjudicó en ciertos expedientes y qué riesgos detectaron los fiscalizadores. Pero la transparencia del gasto público no se agota en publicar una adjudicación: también exige poder conocer por qué se eligió un procedimiento excepcional, cómo se justificaron sus prestaciones y qué ocurrió cuando hubo objeciones del órgano de control.
El Festival en Valencià concentra la controversia jurídica más fácilmente explicable al público. Se adjudicaron 120.570,45 euros sin concurso abierto y 62.490,45 euros, más de la mitad, fueron servicios que no son cachés artísticos. El Ayuntamiento invocó la coordinación de un gestor único. La cuestión es si cada una de esas prestaciones reunía las condiciones exigidas para formar parte de la excepción de exclusividad.
El otro eje no depende de un concierto. La Sindicatura y los informes de Intervención muestran que existieron reparos, resoluciones discrepantes y regularizaciones de gasto en diferentes ámbitos. El examen de esas operaciones reclama un criterio elemental: identificar caso, importe, objeción y motivación, sin mezclar procedimientos ni convertir riesgos en culpabilidades.
La investigación no atribuye delitos. Documenta decisiones públicas, explica sus mecanismos y deja identificadas las preguntas que cada expediente debería permitir responder. Esa es la razón de publicar íntegro el soporte documental.
Anexo A. Fuentes primarias y enlaces directos
Los códigos [D] empleados en el cuerpo remiten a estos documentos. Se priorizan informes oficiales y fichas de expedientes. Las bases agregadas se indican como tales y no sustituyen a la Plataforma de Contratación ni a los pliegos.
[D1] Auditoría municipal de contratación menor 2023 (informe definitivo)
[D2] Informe resumen municipal de control interno 2025
[D3] Informe resumen municipal de control interno 2024
[D4] Informe resumen municipal de control interno 2023
[D5] Informe resumen municipal de control interno 2022
[D6] Sindicatura de Comptes: fiscalización de aspectos de la gestión municipal de 2021 y 2022
[D7] Informe 08/2023 de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado
[D8] Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, texto consolidado (BOE)
[D9] Acta del Pleno municipal de 2 de abril de 2026, punto 18
[D10] Pliego técnico del Festival en Valencià 11/26-C (documento del expediente)
[D11] Expediente 65/26-C, Orquesta Panorama (ficha de contratación)
[D12] Expediente 11/26-C, Festival en Valencià (ficha de contratación)
[D13] Presto Music – serie de adjudicaciones (registro agregador)
[D14] Anemanant – serie de adjudicaciones (registro agregador)
[D15] Proges XXI – serie de adjudicaciones (registro agregador)
[D16] Direct Music Management – serie de adjudicaciones (registro agregador)
[D17] Global Marketing Events – ficha histórica (registro agregador)
[D18] Intervención municipal: funciones y control interno
[D19] Ayuntamiento: contratación, publicidad y relaciones de contratos históricos
[D20] V Plan de Acción, ejercicio 2025
Anexo B. Documentos esenciales que aún faltan por cotejar
Este anexo explica por qué algunas preguntas siguen sin respuesta. La falta de localización en las fuentes públicas examinadas no prueba que un expediente se haya ocultado.
| Documento | Qué permitiría determinar |
| Expediente completo 2649612R | Qué reparos de 2025 fueron objeto de resolución contraria; adjudicatario, importe y motivación. |
| Justificaciones completas 65/26-C y 11/26-C | Qué exclusividad se acreditó y por qué eran imprescindibles los servicios auxiliares. |
| Pliego original Panorama y anexos | Cotejar definitivamente el desglose reconstruido de actuación, representación y producción. |
| Inventario homogéneo de adjudicaciones 2019–2026 | Comparar operadores sin mezclar años, IVA, órganos, subvenciones ni tipos de procedimiento. |
| Expedientes individuales de 2022–2024 | Relacionar cada objeción de Intervención con su resolución, importe y servicio municipal. |
Anexo C. Glosario mínimo
Contrato menor. Contratación directa de pequeña cuantía dentro de límites y requisitos legales.
Procedimiento abierto. Licitación anunciada a la que pueden concurrir las empresas que cumplan los requisitos.
Negociado sin publicidad. Procedimiento excepcional sin convocatoria abierta previa, con causa legal acreditada.
Exclusividad artística. Derecho exclusivo acreditado para contratar una actuación singular concreta.
Fraccionamiento ilegal. División artificial de un contrato para eludir las reglas aplicables de contratación.
Reparo de Intervención. Objeción formal del órgano municipal de control a una operación fiscalizada.
Resolución de discrepancia. Decisión motivada de la autoridad competente para seguir adelante en casos legalmente previstos.
REC. Reconocimiento extrajudicial de crédito: tramitación de ciertas obligaciones pendientes de regularización.
Importe adjudicado. Precio de adjudicación; distinto del presupuesto máximo y del pago efectivamente realizado.
Valor estimado. Cálculo legal del valor del contrato sin IVA, que puede incluir prórrogas y opciones.
EL PUERTO 46520 · Dosier público documentado · 12 de octubre de 2026. Cualquier corrección posterior deberá incorporarse mediante nueva versión fechada, sin sustituir silenciosamente las cifras anteriores.
ANEXO DE ACTUALIZACIÓN — 13 DE OCTUBRE DE 2026
Nuevos proveedores identificados y aclaraciones sobre la contratación municipal
La revisión adicional realizada por El Puerto 46520 ha permitido identificar otros proveedores municipales que no figuraban entre las seis empresas examinadas inicialmente.
Entre ellos aparecen Eventime Producciones, adjudicataria de un espectáculo musical por 9.317 euros con IVA, y Excelsior Producciones, con una adjudicación identificada de 15.730 euros con IVA. También se han localizado contratos de empresas pirotécnicas y otros proveedores de servicios para celebraciones municipales.
¿Podrían haberse contratado servicios técnicos que ya estaban cubiertos?
La investigación también identifica contratos municipales de asistencia técnica, sonido, iluminación y alquiler de equipamiento para espectáculos, entre ellos los expedientes 12/24-C y 34/25-C.
Al mismo tiempo, y como ya explicamos, los contratos de Panorama y Festival en Valencià incluyen partidas de producción técnica y servicios auxiliares.
Esta coincidencia en el tipo de prestaciones plantea una cuestión que merece aclararse: ¿estaban algunos de esos servicios incluidos en contratos municipales ya existentes o respondían a necesidades diferentes?
La documentación examinada no demuestra duplicidades ni pagos repetidos. Para determinarlo sería necesario comparar las prestaciones, fechas, condiciones y cobertura de cada expediente.
Alcance de esta actualización
Los nuevos datos no modifican las cifras acreditadas ni las conclusiones documentales principales de la investigación.
La ampliación identifica proveedores adicionales y precisa los límites de la comparación económica. No constituye una acusación de irregularidad contra ninguna de las empresas mencionadas.
Actualización documental de El Puerto 46520 — 13 de octubre de 2026.
