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La otra cara de los contratos municipales: la Alcaldía «se cisca» en el criterio de quienes vigilan el dinero públicoEl Ayuntamiento reconoce discrepancias con sus fiscalizadores, pero el resumen público no aclara qué contratos estaban afectados

¿Qué ocurre cuando los funcionarios encargados de controlar el dinero público advierten de un problema y los responsables políticos deciden seguir adelante?

No estamos hablando de una posibilidad teórica. El informe de control interno de 2025 del Ayuntamiento de Sagunto reconoce que la Alcaldía adoptó decisiones contrarias al criterio de Intervención. Entre las discrepancias aparecen cuestiones relacionadas con condiciones esenciales de contratos públicos.

¿Qué significa esto para el ciudadano?

Intervención es el órgano encargado de vigilar que determinados gastos municipales cumplan las normas.

Cuando detecta defectos importantes, puede presentar un reparo. Es decir, una objeción formal que puede impedir continuar con una operación mientras no se resuelva.

Pero aquí viene lo verdaderamente importante: la ley permite, en determinados casos, que la autoridad competente resuelva esa discrepancia y decida continuar, incluso contra el criterio del interventor.

Este mecanismo tiene una explicación legal. Los funcionarios fiscalizan y los responsables políticos adoptan determinadas decisiones.

Sin embargo, también existe un riesgo evidente: si se utiliza indebidamente, puede servir para sacar adelante gastos o contratos pese a advertencias sobre su legalidad.

Y si no existe suficiente transparencia, puede resultar muy difícil descubrir posibles abusos.

¿Qué ha ocurrido en el Ayuntamiento?

Las advertencias y decisiones contrarias al criterio de Intervención no son un hecho. Una investigación de El Puerto 46520 sobre los cuatro últimos ejercicios cerrados ha localizado antecedentes desde 2022. Ese año, según un informe de la Sindicatura de Comptes, la Alcaldía resolvió en contra del criterio de Intervención 12 de los 14 reparos examinados, por un importe conjunto de 82.134 euros. Los reparos formulados durante aquel ejercicio incluían cuestiones relacionadas con gratificaciones a la Policía Local, Servicios Sociales y contratación de servicios, aunque la documentación examinada no permite atribuir cada uno de esos casos a las doce resoluciones contrarias.

La situación también se repitió en 2023, 2024 y 2025, según los respectivos informes municipales. En 2025 aparecen discrepancias relacionadas con requisitos esenciales de contratos públicos y cuestiones de personal. Los detalles de las resoluciones se remiten a expedientes municipales específicos. El correspondiente a 2025, 2649612R, llegó al Pleno del 2 de abril de 2026, pero el acta pública consultada no reproduce las resoluciones individualizadas ni identifica a sus adjudicatarios. Por tanto, todavía no podemos conocer el alcance completo de todas estas decisiones.

Una herramienta legal que exige máxima vigilancia

Conviene aclararlo: que un alcalde se aparte del criterio de Intervención no demuestra corrupción. La legislación contempla ese procedimiento y exige cumplir determinadas garantías.

Pero sería ingenuo ignorar que un mecanismo de estas características puede utilizarse indebidamente para permitir actuaciones que los órganos de control han cuestionado.

Y cuando se trata de dinero público, la pregunta resulta inevitable:

Si los encargados de fiscalizar un gasto plantean objeciones y los responsables políticos deciden continuar, ¿no deberían conocer los ciudadanos exactamente qué ocurrió y por qué?

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