La huelga de la SAG se agrava: CGT acusa a la dirección de negociar al margen del comitéEl sindicato sostiene que la empresa pública pactó aspectos del conflicto con UGT, pese a que, según CGT, esta organización no forma parte del comité de huelga
La huelga de limpieza urbana de la SAG suma un nuevo frente. CGT acusa a la dirección de la empresa pública municipal de haber negociado aspectos de los servicios mínimos y de la gestión del conflicto con representantes de UGT, organización que, según el sindicato, no forma parte del comité de huelga.
La denuncia aparece en un comunicado difundido por CGT y recogido por Tercera Información. El sindicato sostiene que el comité de huelga está integrado por CGT y CCOO, y que la dirección de la SAG habría mantenido conversaciones con UGT pese a que esta central, siempre según la versión de CGT, se había desmarcado de la convocatoria.
La acusación no es menor. Para CGT, ese procedimiento supone una vulneración del derecho de huelga y de la representación del comité de huelga, por lo que anuncia acciones legales.
Lo confirmado por ahora es que CGT ha formulado públicamente esa denuncia. Lo que todavía necesita contraste documental o resolución posterior es el alcance jurídico de lo ocurrido: si el acuerdo es nulo, si la empresa actuó de forma ilegal o si UGT carecía de toda legitimación para intervenir en esas reuniones.
Pero el fondo político y laboral ya está encima de la mesa: en plena huelga de limpieza urbana, la dirección de una empresa pública municipal es acusada de negociar fuera del órgano que representa formalmente el conflicto.
La SAG y el Ayuntamiento de Sagunto deberían aclarar qué reuniones se han mantenido, con quién, con qué contenido y con qué efectos sobre los servicios mínimos. También si esas conversaciones modifican de algún modo el papel del comité de huelga o la posición de los sindicatos convocantes.
El conflicto afecta directamente al municipio, donde la limpieza viaria, los contenedores, los ecoparques y los servicios vinculados al verano dependen del funcionamiento de la empresa pública. Pero la prestación del servicio no puede separarse de una cuestión básica: cómo se gestiona una huelga dentro de una sociedad municipal y quién está legitimado para hablar en nombre de los trabajadores que la sostienen.
Si CGT acredita que la SAG negoció aspectos sustanciales de la huelga con UGT al margen del comité de huelga, el conflicto podría pasar de una disputa laboral a una posible vulneración del derecho fundamental de huelga, con consecuencias judiciales, indemnizatorias, inspectoras y políticas para la empresa pública y para el Ayuntamiento.
Las repercusiones posibles serían estas:
1. Nulidad de actuaciones o acuerdos.
Si un juzgado entiende que se pactó con quien no podía sustituir al comité de huelga, el acuerdo podría quedar sin efecto total o parcialmente. No sería automático: dependería del contenido del pacto, de quién lo firmó, de su impacto real sobre la huelga y de si UGT actuó como mera organización sindical presente en la empresa o como falso sustituto del comité.
2. Tutela de derechos fundamentales.
CGT podría acudir a la jurisdicción social por lesión del derecho de huelga y, si lo vincula a representación sindical, también por libertad sindical. La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social contempla expresamente procedimientos sobre tutela de libertad sindical, huelga y demás derechos fundamentales, incluida la responsabilidad por daños.
3. Indemnización por daños.
Si se declara vulneración del derecho de huelga, puede haber condena a cesar la conducta, reponer la situación anterior y abonar indemnización al sindicato o a trabajadores afectados. La Ley Orgánica de Libertad Sindical permite recabar tutela frente a actuaciones del empleador, Administraciones u otras entidades públicas o privadas que lesionen la libertad sindical.
4. Actuación de Inspección de Trabajo.
Si hay indicios de conducta antisindical, presión, sustitución irregular de huelguistas o maniobras para vaciar la huelga, podría entrar Inspección. La LISOS contempla como infracciones los actos empresariales lesivos del derecho de huelga, especialmente cuando se sustituye a huelguistas fuera de los supuestos permitidos.
5. Daño político serio para la SAG y para el Ayuntamiento.
Aquí está la bomba local: una empresa pública municipal no puede gestionar una huelga como una empresa privada de viejo patrón. Si se confirma que se negoció por detrás con un sindicato no integrado en el comité de huelga para restar fuerza al paro, el coste político sería evidente: se estaría usando una estructura pública para dividir la representación laboral y debilitar un derecho fundamental.
6. Problema interno para UGT.
Si UGT participó en una negociación que afectaba a una huelga de la que no formaba parte como comité, la consecuencia jurídica dependería de su papel exacto. Pero la consecuencia sindical sería demoledora: quedaría retratada como interlocutor útil para la empresa frente al comité de huelga. Eso no siempre es ilegal; políticamente puede ser letal.
