La auditoría que pone en evidencia al Ayuntamiento: cerca de dos millones en contratos menores y fallos sin resolverLos auditores advirtieron de graves deficiencias y el último control reconoce que no están completamente corregidas
El Ayuntamiento de Sagunto lleva años recibiendo advertencias sobre su manera de contratar determinados servicios. Y lo más preocupante es que, después de identificar los problemas y aprobar medidas para solucionarlos, la propia documentación municipal reconoce que las deficiencias no estaban completamente corregidas.
No es una denuncia de la oposición ni una acusación sin pruebas. Son conclusiones recogidas en informes oficiales de fiscalización.
402 contratos y más de 1,9 millones de euros
La auditoría sobre el ejercicio 2023 examinó la utilización de contratos menores y destacó el volumen gestionado por tres departamentos municipales.
Cultura acumuló 160 contratos por 543.702,77 euros; Deportes, 76 por 915.439,26 euros; y Juventud, 166 por 458.464,65 euros.
En conjunto, 402 contratos menores por 1.917.606,68 euros.
Esto no significa que todo ese dinero se gastara irregularmente. Son las cifras de contratación menor de esas áreas que aparecen en el análisis de los auditores.
¿Qué es un contrato menor y por qué importa?
Un contrato menor permite al Ayuntamiento adjudicar directamente un trabajo a la empresa que elija, sin convocar un concurso público. Es lo que popularmente se conoce como contratar «a dedo». La ley permite hacerlo por importes inferiores a 15.000 euros sin IVA cuando se trata de servicios o suministros, y a 40.000 euros sin IVA cuando son obras. Estas adjudicaciones son legales si cumplen los requisitos establecidos, pero está prohibido dividir artificialmente un contrato de mayor importe en varios pequeños para evitar un concurso público.
Es decir, este tipo de contratos no exigen convocar un concurso abierto en el que compitan todas las empresas interesadas.
Por el contrario, un procedimiento abierto se anuncia públicamente y permite que cualquier empresa que reúna los requisitos presente una oferta. Ambos mecanismos son legales. Lo que no está permitido es dividir artificialmente una contratación para evitar el procedimiento público que correspondería.
Seis deficiencias identificadas
Los auditores señalaron adjudicaciones sucesivas a determinados proveedores que podían requerir otro procedimiento, gastos previsibles contratados sin suficiente planificación y expedientes con documentación incompleta.
También detectaron prestaciones que necesitaban a justificación económica más detallada, posibles solapamientos entre contratos y subvenciones, y un contrato menor vinculado a trabajos incluidos previamente en otra contratación modificada.
El informe advirtió sobre riesgos de fraccionamiento.
¿Y qué hizo el Ayuntamiento?
Se aprobaron medidas correctoras y se realizó un seguimiento posterior.
El 30 de enero de 2026 se aprobó el Plan Anual de Contratación, una medida importante para organizar con antelación las necesidades municipales.
Sin embargo, el informe de control interno correspondiente a 2025, hecho público en 2026, calificó como parcialmente cumplidas las medidas relacionadas con las deficiencias de contratación menor.
Es decir, hubo avances, pero no una solución completa acreditada.
La pregunta que sigue sin respuesta
Si determinadas necesidades municipales se repiten todos los años, ¿por qué no se planifican siempre con suficiente antelación para permitir la competencia cuando corresponde?
La cuestión no es prohibir los contratos menores, sino garantizar que no sustituyan indebidamente a los procedimientos competitivos.
Los auditores señalaron los problemas, el Ayuntamiento conocía las advertencias y el último seguimiento todavía no daba el asunto por resuelto.
Ese es el verdadero alcance de la alerta.
